
Vehículo multicolor: Confusión y comparendos a conductores
Vehículos registrados como "multicolor" que solo presentan un color generan comparendos. La ley no define "multicolor", pero implica varios colores. Cambiar el color sin informar al RUNT es infracción B.07.
La reciente discusión entre conductores y autoridades de tránsito gira en torno a la expedición de comparendos a vehículos cuya licencia de tránsito registra el color "multicolor". Esta situación ha generado incertidumbre, ya que algunos conductores han sido sancionados porque sus vehículos están registrados como multicolor y solo presentan un color visible. Pero, ¿qué significa realmente "multicolor" en este contexto? Para entenderlo, es necesario revisar la normativa vigente.
¿Qué es multicolor?
El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2022) no define explícitamente el concepto "multicolor", por lo que es conveniente recurrir a la definición de la Real Academia Española (RAE):
En este sentido, el prefijo "multi-" indica "muchos" o "varios". En el caso de "multicolor", implica la presencia de más de un color, aunque sin especificar cuántos exactamente. Generalmente, se considera multicolor cuando un objeto presenta al menos tres colores distintos. Si solo tiene dos, se describe como "bicolor".
En lo que respecta a los vehículos, si uno presenta dos colores, su licencia de tránsito lo registrará como, por ejemplo, "ROJO NEGRO". De igual forma, es válido registrar tres colores, como "BLANCO NEGRO ROJO".
Cuando un vehículo tiene una variedad de colores que hacen inviable su registro individual en la licencia de tránsito, se opta por catalogarlo como "multicolor". Esta designación facilita su identificación tanto para las autoridades como para la comunidad en general.
Asimismo, el término "multicolor" también aplica cuando el vehículo presenta un aspecto cromático que cambia dependiendo del ángulo de visión, como ocurre con algunos acabados especiales de pintura, como la "pintura camaleónica", los cuales reflejan distintos colores bajo diferentes condiciones de luz. En estos casos, también es válido registrar el vehículo como "multicolor" debido a su apariencia variable y no uniforme.

La confusión entre los conductores
Muchos conductores creen, de manera errónea, que al registrar su vehículo como "multicolor" tienen la libertad de cambiar su color a voluntad, por ejemplo, pintándolo de rojo un día y de azul al siguiente. Sin embargo, esto no es así. Si la licencia indica "multicolor" y el vehículo solo presenta un color, se incurre en la infracción B.07, que sanciona: "No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo." Por lo tanto, los vehículos registrados como "multicolor" deben exhibir varios colores para que no se considere infracción.
Además, se ha identificado que muchos concesionarios están registrando ante la autoridad de tránsito los vehículos como "multicolor" cuando en realidad solo tienen un color. Esto se hace con el fin de que el comprador pueda pintarlo del color que desee sin necesidad de reportar cambios, lo cual es incorrecto. Por esta razón, el comprador debe verificar que la licencia de tránsito concuerde con los colores reales del vehículo, evitando así inconvenientes contravencionales en el futuro.
¿Cuándo se considera infracción por cambio de color?
Según la circular externa 20234000000767 del Ministerio de Transporte, una infracción por cambio de color se configura en las siguientes situaciones:
- Colores predominantes diferentes a los registrados en la licencia de tránsito.
- Ausencia de alguno de los colores descritos en la licencia de tránsito o imposibilidad de apreciarlo.
Entonces, si un vehículo registrado como "multicolor" presenta un solo color, se considera una modificación no reportada y, por ende, una infracción de tránsito.
¿Debo informar a la autoridad de tránsito el cambio de color?
Sí. Conforme al artículo 49 del Código Nacional de Tránsito, cualquier modificación en las características que identifican a un vehículo automotor debe ser reportada a la autoridad de tránsito competente. Esto requiere una solicitud previa de autorización y, posteriormente, la actualización del Registro Único Nacional de Tránsito.
¿Qué partes del vehículo determinan su color?
Para los vehículos en general, el color aplica a la carrocería. En el caso de las motocicletas, se consideran los colores de la cubierta del tanque de combustible y los carenados laterales, frontales y de bordes del radiador, si los hay.
Conclusión
Es importante que los conductores comprendan que registrar un vehículo como "multicolor" no significa que puedan modificar su color a discreción. Para que un vehículo sea considerado multicolor, debe presentar varios colores, generalmente tres o más, y no solo uno. Si un vehículo registrado como "multicolor" solo tiene un color, se configura una infracción y el conductor puede ser sancionado. Para evitar comparendos, los vehículos deben mantener la combinación de colores registrada en la licencia de tránsito. Ante cualquier cambio, es obligatorio informar a la autoridad competente y actualizar el registro en el RUNT.


