
¿Tienes patineta o bici eléctrica? Estas son las nuevas normas que debes cumplir
Nuevas normas para patinetas y bicis eléctricas en Colombia: Resolución 20263040030675 (2026) detalla requisitos técnicos, placas obligatorias desde 2027, límites de velocidad y seguridad vial.
Si te mueves por la ciudad en patineta, bicicleta con pedaleo asistido o algún otro vehículo ligero, tu rutina diaria está a punto de cambiar. A través de la Resolución 20263040030675 del 4 de agosto de 2026, el Ministerio de Transporte ha establecido las reglas de juego definitivas para todo el ecosistema de la micromovilidad en Colombia.
¿No existía ya la Ley 2486 de 2025?
Es muy probable que hayas escuchado que en 2025 el Congreso expidió la Ley 2486 para regular estos vehículos. ¿Por qué entonces hay una nueva resolución? Es sencillo: la Ley del 2025 dio la orden general (dijo "hay que ponerles placas y usar casco"), pero el Congreso no define detalles técnicos.
Esta nueva Resolución de 2026 funciona como el "manual de instrucciones técnico" de esa ley. Es la norma que pone la lupa a los detalles: de qué material deben ser las placas, qué tamaño exacto deben tener, cuáles son los límites de velocidad específicos y cómo se clasifica cada tipo de vehículo. Sin esta resolución, la Ley de 2025 era inaplicable.
Diferencia entre Micromovilidad vs VELMPU
Para entender este "manual técnico", primero hay que aclarar dos conceptos clave:
- Micromovilidad: Es el término general (la gran familia) que agrupa a TODOS los vehículos de tamaño reducido (hasta de 4 ruedas) diseñados para trayectos cortos. Incluye desde tu bicicleta de toda la vida hasta una patineta eléctrica de alta velocidad.
- VELMPU: Significa "Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana". Esta es una categoría específica DENTRO de la micromovilidad. Son exclusivamente eléctricos y para una sola persona (patinetas, monociclos y bicis eléctricas). Las reglas más duras de esta resolución (como las placas o límites de velocidad) van dirigidas casi exclusivamente a ellos, porque eran los vehículos que se encontraban en un peligroso vacío legal, circulando a toda velocidad por andenes sin ningún control.
La clasificación total de los vehículos (Anexo 80)
El Anexo 80 de la resolución clasifica a toda la familia de la micromovilidad con precisión milimétrica para que nadie se salte la norma. Así queda la división oficial:
VEHÍCULOS NO AUTOMOTORES (Sin motor, o con motor eléctrico muy básico)
- Monociclo de propulsión humana: Vehículo de 1 rueda impulsado por el cuerpo. - Patineta o monopatín clásico: Plataforma de 2 o más ruedas con manubrio, impulsada empujando con el pie. - Bicicleta: De 2 o más ruedas, accionada 100% por pedales. - Triciclo no motorizado: De 3 ruedas a pedal (máximo 1.20 metros de ancho y 3 pasajeros). - Triciclo con pedaleo asistido: De 3 ruedas con un pequeño motor auxiliar eléctrico (máximo 500W). El motor se apaga si dejas de pedalear o al llegar a 25 km/h.
VEHÍCULOS AUTOMOTORES (Categoría VELMPU - ¡La más regulada!)
- Monociclo eléctrico: 1 rueda, motor eléctrico, velocidad entre 6 y 25 km/h, potencia máxima de 1000W (o 2500W si tiene sistema de autoequilibrado). - Vehículos de Movilidad Personal (A): Patinetas eléctricas diseñadas para ir de pie (sin sillín). Alcanzan entre 6 y 25 km/h. - Vehículos de Movilidad Personal (B): Patinetas eléctricas más veloces. Su velocidad de diseño va de 25 km/h hasta un límite de 40 km/h. Tienen los mismos límites de potencia (1000W / 2500W autoequilibrado). - Bicicletas Eléctricas: Ojo a la diferencia con una moto: El motor eléctrico (máximo 1000W) SOLO asiste mientras el conductor pedalea. Si dejas de pedalear, el motor se apaga. Además, la asistencia se corta automáticamente al superar los 25 km/h.
VEHÍCULOS AUTOMOTORES (Categoría Ciclomotores y Tricimotos L1e y L2e)
Estos vehículos NO son VELMPU, tienen reglas similares a las motocicletas (exigen SOAT, placa de tránsito y licencia):
- Ciclo de motor (L1e-A): Vehículos que combinan pedales y un motor auxiliar más fuerte que no calza en bici eléctrica. - Ciclomotor (L1e-B): Típicas motos tipo scooter con sillín, ya sean a gasolina (hasta 50cm3) o eléctricas (hasta 4000W), con velocidad máxima de 45 km/h. - Tricimoto (L2e): Ciclomotores de 3 ruedas (pueden ser para pasajeros o para mercancía) con motor hasta 4000W y velocidad máxima de 45 km/h.
Placas obligatorias para los VELMPU: Todo al milímetro
A partir del 1 de enero de 2027, todos los VELMPU (patinetas eléctricas, bicis eléctricas, etc.) deberán tener instalada una lámina de identificación. El Anexo 81 dicta cómo deben ser exactamente:
- Material y Tamaño: Aluminio aleación 1050, de exactamente 104 mm de ancho por 30 mm de alto. - Diseño visual: Fondo color negro mate. Los textos deben ir en color aluminio propio (impresión láser), fuente Arial en negrita. - Qué dice la placa: Debe llevar obligatoriamente la leyenda 'LEY 2486', seguido del número de serie (VIN), la velocidad máxima del vehículo, el año de fabricación, marca, modelo, peso, categoría y potencia. - Fijación permanente: Debe instalarse mediante remaches en un lugar visible. No se permiten tornillos ni adhesivos para evitar que la pases de un vehículo a otro.
Requisitos mecánicos de fábrica
Para que un VELMPU pueda rodar legalmente, debe contar desde su ensamble con: frenos en todas las ruedas, luz blanca frontal y luz roja trasera de freno, un pito, un velocímetro empotrado con indicador de batería, luces direccionales y un sistema de seguridad (anti-tunning) que impida alterar la velocidad máxima que trae de fábrica.
Reglas de tránsito: Adiós a las acrobacias en los andenes
La resolución busca erradicar la anarquía en las vías. Queda terminantemente prohibido usar un VELMPU en andenes, zonas verdes, espacios exclusivos para peatones, o hacer maniobras acrobáticas o de exhibición en vías públicas.
En las ciudades, cuando circules por ciclorrutas, la velocidad no podrá sobrepasar los 25 km/h. Si sales de la ciudad (perímetro rural o carretera), la velocidad máxima es de 40 km/h siempre por la derecha. Sin embargo, nunca podrás transitar por túneles, viaductos o en vías donde el límite general para carros sea igual o superior a 80 km/h.
Protección y seguridad del conductor
El uso de un casco certificado es obligatorio para cualquier persona en un VELMPU o en una bicicleta eléctrica. Si conduces de noche o en la madrugada (entre las 18:00 y las 6:00 horas), también es de carácter obligatorio vestir una prenda retrorreflectiva visible tanto en el pecho como en la espalda.
Baterías de Litio: Protección ambiental y emergencias
Un aspecto sumamente vanguardista de esta resolución es el cuidado con el litio. Las baterías desechadas deben manejarse como Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), garantizando que no terminen contaminando basureros comunes.
De igual manera, previendo los riesgos de los aparatos eléctricos, se ordenó a la Dirección Nacional de Bomberos formular protocolos especiales a nivel país para la atención de explosiones, incendios y fugas térmicas que puedan llegar a causar este tipo de baterías.
En resumen, esta resolución es el punto de inflexión. Marca el final de los "juguetes veloces sin reglas" y da el paso a un ecosistema de micromovilidad estructurado, donde la sostenibilidad convive, finalmente, con el orden vial.