
Millones de fotomultas quedarían sin validez: MinTransporte investiga
Gobierno investiga 37 organismos de tránsito por operación irregular de fotomultas. Millones de comparendos emitidos sin aval técnico podrían quedar sin validez. Se analizan más de 7.5 millones de comparendos.
En una decisión sin precedentes en la historia de la movilidad en Colombia, el Gobierno Nacional, a través de la Superintendencia de Transporte y el Ministerio de Transporte, abrió investigación administrativa formal contra 37 organismos de tránsito del país. La razón: presuntos incumplimientos graves en la operación de los sistemas automáticos de detección de infracciones de tránsito (SAST), más conocidos como fotomultas o cámaras de fotodetección.
La medida pone en entredicho la legalidad de millones de comparendos impuestos en los últimos años en las principales ciudades del país. Si la investigación concluye con hallazgos de responsabilidad, podría derivar en una de las devoluciones de dinero más grandes que se hayan ordenado en el sector del transporte en Colombia, aunque ese resultado no está garantizado mientras el proceso siga su curso.
¿Qué son los SAST y por qué deben cumplir requisitos técnicos?
Los Sistemas Automáticos de Detección de Infracciones (SAST) son cámaras y dispositivos electrónicos instalados en vías públicas que capturan automáticamente el momento en que un vehículo comete una infracción de tránsito, como exceso de velocidad, no detenerse en un semáforo en rojo o circular por carriles prohibidos. A partir de esa captura, se genera un comparendo que se notifica al propietario del vehículo.
Para que estos sistemas puedan operar legalmente en Colombia, la Ley 2251 de 2022 y la Resolución 718 del Ministerio de Transporte exigen que cada dispositivo cuente con un concepto de desempeño emitido por el Instituto Nacional de Metrología (INM). Este concepto certifica que el sistema mide con precisión y confiabilidad, es decir, que la evidencia que genera es válida y puede sustentar una sanción.
Sin ese aval técnico, cualquier comparendo producido por el sistema carece de sustento legal: es como si la prueba hubiera sido recogida con instrumentos no calibrados ni certificados.
¿Qué encontró la Superintendencia?
Las actuaciones adelantadas por la SuperTransporte revelaron tres tipos de irregularidades en los 37 organismos investigados:
- 12 organismos iniciaron operación sin ningún concepto de desempeño.
- 7 organismos operaron con conceptos expedidos a nombre de terceros, no del propio organismo.
- 18 organismos obtuvieron el concepto de desempeño después de haber iniciado operaciones.
En los tres casos, el denominador común es el mismo: los sistemas de fotomultas funcionaron y generaron comparendos entre diciembre de 2018 y noviembre de 2024, períodos en los que técnica y legalmente no estaban habilitados para hacerlo.
Ciudades investigadas
Entre los organismos sometidos a investigación se encuentran autoridades de tránsito de algunas de las ciudades más grandes e importantes del país: Medellín, Cali, Bogotá, Barranquilla, Villavicencio, Cartagena, Bucaramanga, Valledupar, Montería, Sincelejo, Soledad, Sabaneta y Villa del Rosario, entre otras.
El impacto en cifras
La magnitud de la investigación es histórica. Los 37 organismos investigados impusieron, en conjunto, más de 7,5 millones de comparendos a través de estos sistemas. De ese total, 5.832.906 comparendos que aún no han sido pagados podrían quedar sin validez y ser revocados de oficio por las autoridades de tránsito correspondientes, lo que beneficiaría a más de 1,4 millones de ciudadanos, siempre que la investigación confirme las irregularidades.
Por otro lado, 1.582.398 comparendos ya fueron pagados, representando recaudos que superan los $1,05 billones de pesos. Las sanciones que podrían imponerse a los organismos infractores, equivalentes al doble de lo recaudado indebidamente, superarían los $2,1 billones de pesos.
¿Qué significa esto para los comparendos interpuestos?
Esta es la pregunta que más afecta a los conductores colombianos, y la respuesta depende del estado del comparendo.
- Si aún no has pagado tu comparendo y fue generado por uno de los 37 organismos investigados durante el período en que su sistema presuntamente operó sin el concepto de desempeño vigente, podría quedar revocado de oficio si la investigación así lo determina. Por ahora, el proceso está en etapa administrativa y no existe aún una orden definitiva de anulación. No se recomienda asumir que el comparendo desaparecerá hasta que haya un pronunciamiento oficial.
- Si ya pagaste tu comparendo, la situación es más incierta, aunque, de comprobarse las irregularidades, las autoridades responsables podrían verse obligadas a devolver los recursos recaudados indebidamente y a pagar sanciones equivalentes al doble de lo cobrado. Sin embargo, esto depende del resultado final de la investigación, que aún no ha concluido. Dado que se habla de más de $1,05 billones cobrados a cerca de 1,5 millones de personas, cualquier proceso de devolución sería de gran escala y complejidad, y tomaría un tiempo considerable.
Por el momento, la recomendación es estar atento a las comunicaciones oficiales de la Superintendencia de Transporte y del organismo de tránsito de tu ciudad. Tanto la posible revocación de los comparendos impagos como la eventual devolución del dinero a quienes ya pagaron dependen del resultado final del proceso administrativo. Por ahora no existe ninguna resolución en firme, y cualquier decisión definitiva será comunicada oficialmente por la Superintendencia de Transporte o el organismo de tránsito de cada ciudad.
Lo que dicen las autoridades
La ministra de Transporte, Mafe Rojas, afirmó:
Por su parte, el superintendente de Transporte, Alfredo Piñeros, señaló:
¿Qué sigue?
El Gobierno Nacional reiteró que continuará adelantando las actuaciones administrativas necesarias para garantizar que los organismos de tránsito y los sistemas de fotodetección operen bajo el estricto cumplimiento de la ley. Esto implica auditorías técnicas a los sistemas actualmente en operación, la definición de los períodos exactos de irregularidad por cada organismo y el inicio de los procesos sancionatorios correspondientes.
La decisión, además, envía un mensaje claro al sector: la tecnología al servicio de la seguridad vial es legítima y necesaria, pero solo cuando opera con las garantías técnicas y jurídicas que protegen tanto a la institucionalidad como a los ciudadanos.
Fuente: Superintendencia de Transporte - Ministerio de Transporte.


