C34
$ 633.111
52.28 UVB • 15 SMLDV
No aplica inmovilización
Reparar un vehículo en las vías públicas, parque o acera, o hacerlo en caso de emergencia, sin atender el procedimiento señalado en este código. O reparar vehículo automotores en la zona de seguridad y protección de la vía férrea, en los patios de maniobras de las estaciones, los apartaderos y demás anexidades ferroviarias
Ley 769/2002: Arts. 55-79-131
La vía y en general el espacio público, no puede ser utilizada para la reparación o mantenimiento de vehículos, para lo cual se deben utilizar talleres o parqueaderos acondicionados y registrados para tal fin.