C26
$ 633.111
52.28 UVB • 15 SMLDV
No aplica inmovilización
Transitar en vehículos de 3.5 o más toneladas por el carril izquierdo de la vía cuando hubiere más de un carril
Ley 769/2002: Arts. 55-60-68-131
Este tipo de vehículos, normalmente de carga deben transitar siempre por el carril derecho de la vía y realizar adelantamientos por el carril autorizado para tal fin y sólo por el tiempo necesario para realizar dicha maniobra, lo que no indica que en esta excepción se encuentre una buena excusa, para transitar prolongadamente por el carril izquierdo.