No aplica inmovilización
No utilizar el cinturón de seguridad por parte de los ocupantes del vehículo y los cinturones de seguridad en los asientos traseros en los vehículos fabricados a partir del año 2004
Ley 769/2002: Arts. 55-82-131
La utilización del cinturón de seguridad no evitará un accidente, pero como componente de seguridad pasiva, en caso de una colisión o frenada brusca, está encaminado a evitar el desplazamiento de la persona hacia adelante, lo que disminuye las lesiones por impacto directo con el timón, el parabrisas o distintos elementos del habitáculo del vehículo, incluyendo los demás ocupantes, así como evitar que salgan expulsados fuera del vehículo en el caso de fuertes impactos, volcamientos, salidas de vía etc.
Por tal razón el cinturón debe ser utilizado en forma correcta para lograr la máxima efectividad y protección de los mismos, es por esto que la cinta no debe estar torcida ni mordida, o con objetos (monedas, ganchos, nudos, etc.) que impidan la retractibilidad del mismo, para permitir que dicho dispositivo quede ajustado y ceñido sobre el cuerpo del ocupante o conductor.